lunes, 11 de septiembre de 2017

Radón sin control en los edificios españoles –Parte II de III-

Este artículo tiene su comienzo en otro anterior en el que se trataron cuestiones como el origen del gas radón, como y cuando se descubrieron sus efectos nocivos sobre nuestra salud y cuáles son esos efectos, puedes leerlo CLICANDO AQUÍ. En este articulo veremos las unidades más habituales en las que se mide la concentración de radón, os mostraremos algunos mapas de exposición al radón de nuestro país, para terminar haremos un resumen del marco legislativo en que se desarrolla la normativa para el control del radón y veremos las principales vías de penetración del gas en los edificios. Para terminar, la próxima semana publicaremos un tercer artículo en el que veremos las prácticas y los métodos constructivos que reducen las concentraciones de radón, al cual pueden acceder CLICANDO AQUÍ.

Unidades en que se mide el Radón.-

Bequerelio= significa que en un volumen de aire de 1 m3 durante 1 segundo se emitiría una partícula radiactiva α. Un Bequerelio equivale a 2,703 * 10^-11 Curios. La OMS (Organización Mundial de la Salud) establece un límite de exposición en viviendas de 100 Bq/m3 y la EPA (Environmental Protection Agency) 148 Bq/m3
Un Curio equivale a 3,7 * 10^10 Bequerelios

En 2011 se puede ver quien hace la tarea y quien entrega el examen en blanco

Mapa de la exposición al Radón en España.-

Mapa publicado por el CSN en 2013

Para bajarte el mapa de España en alta resolución lo puedes hacer, CLICANDO AQUÍ

Ya hemos comentado que todos los terrenos, en mayor o menor grado, contienen uranio en cantidades suficientes como para producir radón. Para conocer mejor la localización de los lugares potencialmente peligrosos de contener niveles altos de exposición al gas radiactivo, el CSN (Consejo de Seguridad Nuclear), dentro del proyecto Marna publicó en el año 2013 el mapa predictivo de la exposición al radón que veis en la imagen superior. Para elaborarlo, el CSN efectuó 8.200 mediciones en todo el territorio nacional y utilizando métodos estadísticos realizó estimaciones del resto de la superficie, de esta forma se ha clasificado todo el territorio en tres niveles de riesgo que a continuación describimos:
  


·        ZONA 2, riesgo de exposición alto, se refiere a lugares en los cuales la concentración podría superar los 300 Bq/m3 establecidos como limite a partir del cual se deberán tomar medidas paliativas en los edificios del estado español.
·         ZONA 1, riesgo de exposición medio, se trata de lugares en los que la concentración podría estar entre 150 y 300 Bq/m3. Y en los cuales las autoridades estiman que no hay obligatoriedad de tomar medidas paliativas.
·         ZONA 0, riesgo de exposición bajo, son zonas en las que la concentración de radón podría estar por debajo de los 150 Bq/m3.


Para bajarte el mapa de Andalucía en alta resolución lo puedes hacer, CLICANDO AQUÍ

Para establecer la cantidad de radón existente en un edificio tan solo hay una forma fiable, y es efectuando una medición siguiendo las instrucciones de un laboratorio certificado, el cual analizará y determinará exactamente la cantidad medida; normalmente exponiendo una cápsula durante un determinado tiempo (cuando lo hice en mi vivienda estuvo expuesta durante 3 meses) en la zona baja del edificio, sótano o garaje y después analizando los reactivos captadores de su interior (la cápsula no contiene materiales radiactivos). Como información orientativa, se puede consultar la web http://www.vivesinradon.org/mapa-predictivo-de-la-exposicion-a-radon-en-espana/ en la que se puede encontrar algunos mapas actualizados por esa organización, en los cuales, se pueden consultar los niveles de riesgo en cada municipio, y en algunos de ellos, detallado por barrios. En Estados Unidos, se han realizado mediciones de radón en millones de lugares de trabajo, de lugares públicos y viviendas siendo una práctica muy habitual presentar los resultados antes de la compra o la venta de una vivienda.

Mapa de la web de www.vivisinradon.org 

Marco legislativo.-

Si lo hacemos de forma cronológica empezaremos por la recomendación 90/143/EUROATOM en la que las autoridades recogieron cuestiones básicas para la protección de los ciudadanos europeos a la exposición al gas radón. De ella podemos resaltar los siguientes aspectos:

·         Establecer un sistema para limitar la exposición de la población.
·         Recomendar la reforma paliativa de las viviendas que superen exposiciones de 400 Bq/m3.
·         Recomendar el límite de exposición de 200 Bq/m3 para las viviendas nuevas.
·         Informar a los sectores implicados (arquitectos, ingenieros, empresas constructoras,…)
·       Informar al público en general de los niveles de radón a los que está expuesto y de las medidas paliativas existentes para reducirlos.

Ninguno de los puntos anteriores fue obligatorio en nuestro país, por tanto no se aplicaron. Una vez mas se cumple que la máxima calidad de un edificio en España es la que se obtiene del cumplimiento mínimo de la ley correspondiente.

Seis años más tarde, en 1996, la UE pública la Directiva96/29/EUROATOM, que venía a revisar las Normas Básicas de Protección Radiológica de la Unión Europea. En esta directiva no se incluyó la protección frente a la exposición al radón en las viviendas. Al año siguiente, En 1997, un Grupo de Expertos de la UE, redactó la Guía técnica para el cumplimiento del Título VII de esta Directiva (Radiation Protection 88), y se fijó un arco de valores entre 500 y 1000 Bq/m3 de concentración máxima en el puesto de trabajo (para 2000 horas anuales de exposición).


Cinco años después, un 26 de julio, la directiva europea tuvo que trasladarse a la normativa española y se efectuó mediante el R.D. 783/2001 sobre Protección Sanitaria frente a Radiaciones Ionizantes, haciendo una copia literal de la norma europea. En ésta se trató la protección de los trabajadores ante la exposición al radón, pero la población general quedó excluida de forma inaudita, puesto que muchas personas permanecen un su hogar más tiempo que la duración de una jornada laboral. Este R.D. se complementaba con algunas guías de seguridad y una Instrucción Técnica del CSN, pero no estaban incluidas en el texto del R.D. y por tanto no fueron de obligado cumplimiento.

Como la normativa europea no establecía los contenidos mínimos del estudio de incidencia del gas radón ni de quien era la responsabilidad de verificar la realización y el cumplimiento de la ley, el anterior R.D. se modificó con otro nueve años después, esta vez de 5 de noviembre, con el R.D. 1439/2010, donde se estableció que la responsabilidad recaía en el organismo titular que tenga las competencias en materia de Industria de cada Comunidad. Al Real Decreto le acompañaba la instrucción IS_33 en la cual se decretan los criterios radiológicos para la protección frente a la exposición a la radiación natural. Y aunque se trata tan solo de una instrucción, ya es de obligado cumplimiento. De ella podemos resaltar algunos aspectos como:

·       Por primera vez se establece la concentración de radón que no se debe superar en el ambiente  laboral siendo ésta de 600 Bq/m3.
·    También se establecen 300 Bq/m3 para lugares de alta ocupación; aquellos en los que es obligada la permanencia, aunque no estés trabajando. Se mencionan explícitamente los Hospitales, Centros Penitenciarios y Centros Educativos.
·       El responsable de controlar el ambiente laboral donde desarrollan su actividad los trabajadores es el empresario y del público de obligada permanencia, la administración titular del edificio donde se realice la actividad.


El 17 de enero de 2013, la Agencia Europea de la Energía Atómica publicó una nueva directiva por la cual se establecieron normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, la 2013/59/EURATOM. Dicha directiva, tiene 5 años de plazo para aplicarse en los países miembros de la UE. Así que en nuestro país deberá aplicarse a partir de febrero de 2018. Como resumen de la misma podemos apuntar lo siguiente:

·         Se establece la obligatoriedad de los países miembros de medir los niveles de radón en su territorio.
·         Disponer de mapas de radón que sirvan para legislar en función de las concentraciones locales.
·         Obligatoriedad de los países miembros de implementar planes de actuación contra el radón.
·     Consignar una concentración máxima de 300 Bq/m3 tanto para ambientes laborales como para viviendas y lugares de obligada presencia.
·         Obligatoriedad de trasponerla a la legislación de cada país antes del 6 de febrero de 2018.

Esto llevará a modificar tanto el Código Técnico de la Edificación en el Documento Básico HS3, relativo a la calidad del aire interior, así como la legislación laboral de nuestro país para adecuarla a la normativa europea. De ello se deduce que los locales que a partir de su aplicación no cumplan con las concentraciones de gas prescritas, habrá que cerrarlos para su uso.


Cómo se introduce el Radón en un edificio.-

Ya comentamos en el primer artículo que al ser un gas, el radón puede desplazarse entre las capas tectónicas y aparecer en lugares donde no se lo espera. Para un gas, y más si está sometido a presión, es relativamente sencillo traspasar un elemento poroso como el hormigón de la cimentación o los muros del sótano, mucho más fácil si encuentra a su paso fisuras, o juntas con canalizaciones que no se encuentren suficientemente estanqueizadas o éstas se hayan deteriorado con el tiempo. Por las ventanas a nivel de sótano también es fácil que entre al edificio – por difusión o convección –.




Para saber más:

Radón sin control en los edificios españoles, Parte I
Radón sin control en los edificios españoles, Parte III

Estudio SMALL CELL publicado en la revista de la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica (SEPAR), CLICANDO AQUÍ

Si estás concienciado/a sobre los peligros del radón, puedes sumarte a la campaña de la OCU, CLICANDO AQUÍ
Foro Radón.- Legislación: https://fororadon.wordpress.com/2017/01/24/el-radon-y-la-ley/
Guía del Radón para el comprador y vendedor de viviendas: Agencia de Protección Ambiental de los EEUU: CLICANDO AQUÍ
Manual de la OMS sobre el Radón en Interiores: CLICANDO AQUÍ


Para bajarte el póster del Día Europeo del Radón en alta resolución lo puedes hacer, CLICANDO AQUÍ

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